La consideración de quejas las presentadas
por los usuarios de servicios financieros por las demoras, desatenciones
o cualquier otro tipo de actuación deficiente que observen en el
funcionamiento de las entidades financieras.
Las reclamaciones son aquellas que ponen
de manifiesto, con la pretensión de obtener la restitución de un interés
o derecho, hechos concretos que supongan para quien las formula un
perjuicio para sus intereses o derechos y que deriven de presuntos
incumplimientos de la normativa de transparencia y protección a la
clientela o de las buenas prácticas y usos financieros.
Los informes que se emiten no son vinculantes para ninguna de las partes.
Los datos sobre las entidades que reciben quejas y reclamaciones
-y sobre la forma en la que se
resuelven las mismas- se pueden
consultar en nuestras publicaciones.

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